Sección 82

1

A. De cierto, así dice el Señor, además de las leyes de la Iglesia referentes a las mujeres y a los niños que pertenecen a la Iglesia y quienes han perdido a sus esposos o a sus padres:

B. Las mujeres tienen derecho de recibir su sustento de sus maridos hasta que éstos fallezcan; y si no transgredieren, tendrán confraternidad con la Iglesia.

C. Mas si no fueren fieles, no tendrán confraternidad con la Iglesia; no obstante, podrán quedarse en sus heredades, de conformidad con las leyes del país.

2

A. Todos los niños tienen derecho de recibir su sustento de sus padres hasta que sean mayores de edad; y después, si sus padres no tienen con qué darles heredades, tienen derecho de reclamarlo de la Iglesia; o dicho de otro modo, del depósito del Señor.

B. Y el depósito será abastecido con las consagraciones de los miembros de la Iglesia, para que las viudas y los huérfanos, así como también los pobres, sean provistos de lo necesario. Amén.